Contacta con nosotros

Certificado de últimas voluntades en Pontevedra

Si el fallecido residía en Pontevedra pero tenía testamento otorgado en otra provincia, el certificado lo recoge igualmente porque el registro es nacional. Por eso es la primera consulta que recomendamos hacer, antes de visitar notarías.

Qué hacemos con el certificado

Nos encargamos de la solicitud, del pago de la tasa y de la recepción del certificado, y te orientamos sobre qué hacer con su contenido.

  • Preparamos y presentamos la solicitud ante el Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia.
  • Abonamos la tasa mediante el modelo 790.
  • Pedimos también, si lo necesitas, el certificado de seguros de cobertura de fallecimiento.
  • Te entregamos el certificado digitalizado y te explicamos qué indica.
  • Te orientamos para pedir la copia autorizada del testamento a la notaría que lo otorgó.

Documentación necesaria

La solicitud es sencilla si tenemos los documentos correctos. Necesitamos de ti:

  • Certificado de defunción del fallecido.
  • DNI o NIE del solicitante.
  • Datos del fallecido: nombre completo, DNI o NIE y fecha de fallecimiento.
  • Autorización firmada para presentar la solicitud en tu nombre.
  • Si el fallecimiento ocurrió en el extranjero, el certificado de defunción debidamente legalizado o traducido, cuando proceda.

Plazos y datos clave

El Registro solo expide el certificado pasados 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento. Mientras llega ese momento, aprovechamos para reunir la documentación y dejar la solicitud lista.

El certificado indica si el fallecido otorgó testamento, su fecha y la notaría que lo autorizó, pero no su contenido. Para conocer el contenido hay que pedir una copia autorizada a esa notaría. Si no hay testamento, el siguiente paso es la declaración de herederos. Conviene guardar el certificado junto al certificado de defunción, porque casi todos los trámites posteriores, desde los bancos hasta la notaría, los piden juntos.

Qué hacer una vez tienes el certificado

El certificado es solo el primer paso de la herencia. Según lo que diga, el camino cambia, y en Pontevedra solemos ayudar con los pasos siguientes:

  • Si hay testamento, pedir la copia autorizada a la notaría que lo otorgó.
  • Si no lo hay, preparar la declaración de herederos ab intestato.
  • Reunir los certificados bancarios y de seguros del fallecido.
  • Calcular y presentar el impuesto de sucesiones ante la administración competente.

Cada paso tiene sus plazos, en especial el del impuesto de sucesiones, así que conviene tener claro el orden desde el principio.

Atendemos a clientes de Vigo, Pontevedra, Vilagarcía de Arousa, Redondela, Cangas y Marín, además de localidades más pequeñas de Pontevedra. La familia puede estar repartida por varias localidades o incluso fuera de España: el trámite se hace igual a distancia. Al ser un servicio íntegramente a distancia, la distancia al centro de la provincia no cambia nada en el trámite.

Cómo trabajamos

Trabajamos a distancia: lo que necesitamos nos llega por WhatsApp o por email, lo comprobamos y nos encargamos de la presentación telemática. No hace falta que te muevas de casa ni de tu lugar de trabajo; los justificantes y las resoluciones te llegan por el mismo canal por el que nos escribiste.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el modelo 790?

Es el impreso con el que se paga la tasa de expedición del certificado. Nosotros lo cumplimentamos y abonamos al presentar la solicitud.

¿Y si el fallecido tenía un seguro de vida?

Se puede pedir también el certificado del Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento, que informa de las pólizas de vida existentes.

¿Para qué sirve el certificado de últimas voluntades?

Para saber si el fallecido hizo testamento y en qué notaría. Es el primer documento de cualquier herencia.

¿Quién puede pedirlo?

Cualquier persona que acredite el fallecimiento con el certificado de defunción, una vez pasados 15 días hábiles. No tiene que ser necesariamente heredero.

Escríbenos por WhatsApp al 694 216 299 y cuéntanos tu caso: te diremos qué documentación hace falta y cómo seguimos.

Powered by Joinchat